Es un órgano bipartito y paritario constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la legislación y la práctica nacional, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones del empleador en materia de prevención de riesgos. |
|||
Los objetivos del CSST son : | |||
|
|||
|
|||
|
|||
|
|||
|
|||
|
|||
|
|||
|
|||